Normativa vigente · Real decreto-ley
El BOE eleva a 300 euros el anticipo del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos
El Real Decreto-ley 31/2026, publicado el 21 de octubre, reforma el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. Eleva a 300 euros mensuales por beneficiario el máximo del anticipo cuando existe una pensión de alimentos reconocida judicialmente e impagada.
Es un límite del anticipo público: no sustituye la cuantía fijada por el juzgado ni garantiza 300 euros a todas las familias. Se mantienen requisitos de acceso, incluidos los económicos. La reforma vincula el umbral de ingresos al salario mínimo interprofesional.
Cuándo se aplica
La modificación entró en vigor el 21 de octubre de 2026. Los anticipos entonces vigentes se revisarán de oficio, sin nueva solicitud, con efectos económicos desde el 1 de noviembre. Las solicitudes anteriores pendientes de resolver utilizarán el nuevo máximo.
Qué conviene revisar
Comprueba la resolución que reconoce los alimentos, los impagos y los requisitos del Fondo. El anticipo no elimina la deuda ni sustituye la posible ejecución de medidas frente al obligado al pago.