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Pensión compensatoria

La convivencia previa puede contar al valorar el desequilibrio

Tribunal Supremo · Sala de lo Civil · STS 713/2015
· Reseña publicada y revisada: 2026-10-27

La cuestión y el criterio del tribunal

El Supremo admitió considerar la convivencia anterior al matrimonio cuando ambos periodos se habían sucedido sin interrupción, al decidir sobre la pensión compensatoria derivada de la ruptura matrimonial.

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Fuente oficial e identificación

Tribunal Supremo · Sala de lo Civil · STS 713/2015 · 2015-12-16

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