Herencias y sucesiones
Ceder bienes a cambio de cuidados no equivale necesariamente a donar
La cuestión y el criterio del tribunal
Se mantuvo el carácter oneroso del contrato por el que un padre transmitió bienes a una hija a cambio de asistencia y compañía. Los cuidados personales y afectivos podían integrar la contraprestación, distinta de los alimentos legales entre parientes.
Conceptos relacionados del diccionario
Fuente oficial e identificación
Tribunal Supremo · Sala de lo Civil · STS 634/2026 · Recurso 4215/2021 · 2026-04-27
Reseña original basada en el resumen semanal oficial de la Sala Civil. Esta ficha no presenta la revisión como lectura íntegra de la sentencia.
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Información general sobre derecho español. La aplicación depende de los hechos, la legislación aplicable y la evolución posterior del criterio.