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Bienes privativos

Bienes que pertenecen individualmente a uno de los cónyuges dentro del régimen de gananciales conforme a las reglas legales.

Qué conviene tener en cuenta

El momento y el origen de la adquisición importan. También pueden existir derechos de reintegro por fondos aportados de un patrimonio a otro.

Para preparar tu consulta

Escrituras, documentos de herencia o donación y justificantes del origen del dinero.

Fuente normativa

Código Civil, artículo 1346 · BOE (abre otra pestaña)

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