Adopción
Vínculo de filiación constituido por resolución judicial, sujeto a requisitos legales y orientado al interés de la persona adoptada.
Qué conviene tener en cuenta
La idoneidad, los consentimientos y la intervención de la entidad pública deben estudiarse según el caso; convivir con un menor no equivale a adoptarlo.
Para preparar tu consulta
Aporta resoluciones y acuerdos previos, datos de las personas afectadas y una cronología de los hechos. Señala qué decisión o trámite necesitas estudiar.
Fuente normativa
Código Civil, artículo 175 · BOE (abre otra pestaña)
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Información general sobre derecho español. Su aplicación depende de los hechos, la normativa vigente y, cuando corresponda, el derecho civil autonómico o las reglas internacionales. Revisión: 26 de octubre de 2026.